MARIA WILMA DIAZ ALONSO
MARIA WILMA DIAZ ALONSO  

Incapacidad

Incapacitación.

 

Lamentablemente, existen enfermedades o deficiencias persistentes de carácter físico o psíquico  que impiden a una persona gobernarse por sí misma.

 

En estas situaciones, existe un mecanismo jurídico previsto para proteger los intereses y derechos de la persona que sufre estas dolencias, tanto a nivel personal como patrimonial.

 

Tras años de ejercicio contamos no sólo con la experiencia si no con la sensibilidad necesaria para ayudarle a pasar por un proceso de incapacitación de un ser querido.

 

Tutela y Curatela.

 

La tutela y la curatela son instituciones jurídicas dirigidas a salvaguardar los intereses de personas que tienen limitada su capacidad de obrar por alguna circunstancia siempre bajo la supervisión de la autoridad judicial y se derivan de los procesos de incapacitación.

 

El tutor será el representante del menor o incapacitado, salvo para aquellos actos que pueda realizar por sí solo.

 

Dada la necesaria intervención judicial que se requiere para ser nombrado tutor, será necesario contar con el apoyo de un abogado que pueda apoyarle tanto desde un punto de vista jurídico como humano, siendo esta nuestra aproximación ante este tipo de problemáticas.

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